El Gobierno reglamentó las modificaciones a la Ley de Celiaquía

El Gobierno Nacional reglamentó este miércoles la Ley de Celiaquía y sus modificaciones que define la cobertura que deben brindar las obras sociales y prepagas en concepto de alimentos sin TACC, establece las adecuaciones que deberán realizar establecimientos gastronómicos para poder ofrecer un Menú Libre de Gluten seguro, y amplía la identificación de los medicamentos, en función del contenido o ausencia de gluten.

A través del decreto 218/2023 publicado en el Boletín Oficial, se explicita que la implementación de la ley busca que sea mayor la oferta de alimentos, “convirtiéndola en un derecho para todas las personas celíacas”.

“Que la mencionada Ley N° 26.588, modificada por la Ley N° 27.196, declara de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten. Que por el Decreto N° 528/11 se aprobó la Reglamentación de la referida Ley Nº 26.588”, explica.

Desde la aprobación de la Ley 26.588 en 2009 –modificada por Ley 27.196 en 2015-, la ANMAT amplió y actualizó el listado oficial de Alimentos libres de gluten que en un principio era de sólo 1.400 productos y actualmente cuenta con más de 23.000.

La reglamentación define la cobertura que deben brindar las obras sociales y prepagas en concepto de alimentos sin TACC. Así, se establece por un lado la metodología mediante la cual se actualizará el monto de cobertura actual por parte de obras sociales y prepagas, y por otra parte se deja establecida la periodicidad con la que se realizarán las actualizaciones subsiguientes que serán cada 6 meses.

El monto de cobertura pasará de $2.672 a $7.806,73 contemplando la Canasta Básica de Alimentos (CBA) publicada por INDEC el 20 de abril de 2023.

Además, establece las adecuaciones que deberán realizar las instituciones y establecimientos para poder ofrecer un Menú Libre de Gluten seguro. ¿En dónde aplica este menú obligatorio? La legislación lo dispuso así en cárceles, establecimientos sanitarios, lugares de residencia y convivencia temporal, en comedores y kioskos de instituciones de enseñanza, en paradores de terminales. Y restaurantes y bares también tendrán que ofrecer opciones libres de gluten.

También todos los medicamentos deberán identificarse en función de su contenido o ausencia de gluten como “Libre de gluten” o “Este medicamento contiene gluten”. Cabe destacar que luego de la sanción de la Ley 26.588 en el año 2009, se estableció un logo oficial para identificar los envases o envoltorios de Alimentos Libres de Gluten (Resolución Conjunta N°201/2011 y N°649/2011).

¿Qué es la celiaquía?

Según la norma, la enfermedad celíaca es una enfermedad crónica, inmunomediada, sistémica, precipitada por la ingestión de proteínas del trigo, de la avena, de la cebada y del centeno, comúnmente llamadas gluten, que afectan al intestino delgado en individuos genéticamente predispuestos.

Entre las enfermedades intestinales la celiaquía es la más frecuente, estimándose su prevalencia en el 1 % de la población argentina. Las personas que padecen celiaquía deben realizar de por vida una dieta estrictamente libre de proteínas procedentes del trigo, de la avena, de la cebada y del centeno (TACC), que son causantes del daño intestinal característico de la enfermedad celíaca.