La Corte Suprema de Justicia de la Nación dio un giro determinante en la discusión por el dominio de los campos argentinos. Con las firmas de los magistrados Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal revocó el fallo que declaraba inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/23, el cual derogaba la histórica Ley de Tierras Rurales. 🏛️
El argumento de los jueces no se metió en la discusión de fondo, sino en un aspecto técnico de forma: determinaron que la entidad que promovió la demanda original carece de legitimidad procesal para hacer el reclamo.
En el texto del fallo, los magistrados dejaron una postura bien marcada:
“A pesar de que existe una clara y reiterada jurisprudencia de esta Corte respecto de los recaudos constitucionales para la configuración del caso judicial, todavía existen tribunales nacionales que insisten en reconocer legitimaciones notoriamente alejadas de ella”.
Asimismo, desde el tribunal aclararon que la resolución “no supone abrir juicio sobre la validez constitucional del artículo 154 del decreto de necesidad y urgencia 70/2023, ni interfiere sobre la intervención del Poder Legislativo prevista por la Constitución Nacional”. ⚖️
Los puntos clave para entender qué cambia ahora 🚜
Al caerse la medida cautelar y el pronunciamiento de la Cámara Federal de La Plata, la normativa vuelve al escenario del DNU inicial firmado por el presidente Javier Milei:
- Derogación efectiva: Vuelve a quedar formalmente derogada la Ley 26.737 (de Tierras Rurales).
- Sin tope para extranjeros: Queda abolido el techo del 15% de titularidad extranjera sobre las tierras rurales de todo el territorio nacional.
- Fin a los límites por nacionalidad: Ya no corren las restricciones específicas ni los controles de compra fijados según el país de origen de los inversores.
El camino judicial y político hasta este fallo 📜
El recorrido de la normativa fue un auténtico ida y vuelta institucional:
- Diciembre de 2023: El Poder Ejecutivo firma el DNU 70/23, incluyendo la derogación directa de la Ley de Tierras.
- El freno en la Justicia: El Centro de Ex Combatientes de La Plata presenta un amparo. La Cámara Federal de La Plata le da la razón y declara inconstitucional el artículo 154.
- Paso por el Congreso: Frente al bloqueo judicial, el Gobierno nacional decide incluir el capítulo dentro de la llamada “Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada”, la cual terminó siendo rechazada en el Senador de la Nación.
- Respuesta social: El debate sumó fuerte tensión en la calle, con movilizaciones populares registradas en distintos puntos del país durante el tratamiento legislativo de agosto.
Curiosidad
La ya derogada Ley de Tierras Rurales (Ley 26.737) fue promulgada originalmente en diciembre de 2011. Además del límite global del 15% por provincia o municipio para dueños extranjeros, contenía una cláusula muy específica para evitar monopolios internacionales: ninguna persona física o jurídica de una misma nacionalidad podía poseer más del 30% de ese cupo permitido. A su vez, prohibía categóricamente que inversores extranjeros fueran dueños de tierras que contengan o limiten con cuerpos de agua de envergadura, como grandes lagos, ríos o glaciares.
