En los últimos días, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que reforzará los controles sobre aquellos comerciantes que utilicen plataformas digitales para vender sus productos y que no figuren como responsables inscriptos. La confirmación fue publicada en el Boletín Oficial.
Los monotributistas tendrán que abonar una alícuota del 8% si superan los $200.000 de facturación mensual. Se trata del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que se abona por las comisiones que cobran los portales a sus clientes. Con esta medida, las empresas administradoras de plataformas de intermediación de comercio exterior tendrán que requerir información a partir del CUIT.
A través del comunicado, el ente recaudador explicó: “La actividad vinculada al comercio electrónico experimentó un crecimiento exponencial en los últimos años”.
De acuerdo a los datos publicados por la Cámara Argentina de Comercio Electrónico, este sector creció durante el primer semestre de 2022 un 73% respecto al primer semestre del 2021.
Por otro lado, la resolución de AFIP señala que luego de haberse detectado nuevas formas de evasión, es necesario implementar algunas modificaciones al régimen con el fin de intensificar los controles.
Quienes pagarán este nuevo impuesto serán aquellos sujetos pasibles de pagar el IVA y responsables inscriptos y que figuren como “no categorizados”. En el primer caso, son empresas o comercios que operen con la AFIP y para los segundos, el ente regulador indica que si una persona hace operaciones de 20 mil pesos en un mes o de 400 mil pesos en un plazo de cuatro meses, deberán pagarlo.
En los “no categorizados” estarán los contribuyentes considerados exentos o no alcanzados por el IVA, quienes de superar los parámetros de ventas, deberán pagar una alícuota del 8%.
Fuente: Mendozapost.com