Nuevo divorcio exprés: el Gobierno impulsa una ley que no exige ir a la Justicia

El Ministerio de Desregularización presentó hoy la Ley Hojarasca y envió dos proyectos más al Congreso de la Nación. Uno propone cambios en la ley de divorcio y el otro impulsa una modernización judicial que abarca los depósitos y bienes incautados.

Divorcio exprés sin intervención judicial

El proyecto de ley modifica el artículo 435 del Código Civil y Comercial, añadiendo una nueva causa de disolución matrimonial. Actualmente, las causas vigentes son: a) la muerte de uno de los cónyuges, b) la presunción de fallecimiento por ausencia, y c) el divorcio judicialmente declarado. El nuevo proyecto, impulsado por el ministro Federico Sturzenegger, añade la opción del “divorcio en sede administrativa”, equiparándolo al divorcio judicial en cuanto a sus efectos.

El artículo 437 también se ve modificado. Actualmente, el divorcio se decreta judicialmente a solicitud de ambos o uno de los cónyuges. La nueva versión permite que, en sede administrativa, el divorcio sea solicitado de manera conjunta ante el oficial público del Registro Civil correspondiente al último domicilio conyugal.

Además, el proyecto cambia el artículo 51 de la Ley 26.413, que establece los matrimonios a registrar. Se añadirían nuevas situaciones, como matrimonios celebrados por capitanes de buques o aeronaves en situaciones extremas, y también el “divorcio en sede administrativa”, sumando así más opciones para formalizar separaciones fuera de los tribunales.