Certificado Único de Discapacidad: el importante cambio que rige desde este martes

A partir de este martes, obtener el Certificado Único de Discapacidad será una tarea mucho más sencilla a partir de la implementación de una serie de cambios que introdujo el Gobierno nacional.

El Gobierno promulgó la ley del Certificado Único de Discapacidad (CUD) que flexibiliza los trámites para la renovación de este documento y permite que pueda expedirse sin fecha de vencimiento y los requisitos pueden consultarse aquí.

Lo hizo a través del Decreto 246/2023 publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández y el jefe de Gabinete, Agustín Rossi. La nueva ley 27.711 fija que el Certificado Único de Discapacidad establecido en la ley 22.431 “se expedirá con o sin fecha de vencimiento”.

La Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) será la encargada de su actualización “conforme la concepción dinámica de la discapacidad dispuesta por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”, según reza el artículo 2.
Además, se aclara en el texto que la actualización deberá implementar “la flexibilización de los requisitos para su otorgamiento”.

La norma, sancionada el 13 de abril pasado en la Cámara de Senadores por unanimidad, establece que la Andis tendrá que definir el fortalecimiento de las juntas evaluadoras de las personas con discapacidad y, teniendo en cuenta recomendaciones que realice el Consejo Federal de Discapacidad, la persona beneficiaria “podrá solicitar la actualización del CUD en cualquier momento”.

El CUD es un documento público válido en todo el país que permite ejercer los derechos y acceder a las prestaciones previstas en las leyes nacionales 22431 y 24901. La evaluación es realizada por una Junta Evaluadora interdisciplinaria que determina si corresponde la emisión del Certificado Único de Discapacidad. Su tramitación es voluntaria y gratuita.

Derechos establecidos en la legislación vigente:

  • Salud: cobertura del 100% en las prestaciones de rehabilitación (medicamentos, equipamiento, tratamientos) que requiera en relación a lo que fue certificado como discapacidad.
  • Transporte: traslados gratuitos en el transporte público terrestre.
  • Asignaciones familiares: ayuda escolar anual por hijo con discapacidad, asignación familiar por hijo con discapacidad, asignación por conyugue con discapacidad.
  • Otros trámites: exención de pago de peajes, impuestos (municipales, patentes, entre otros). En estos casos la exención debe solicitarse ante la autoridad de aplicación de cada normativa.
  • Símbolo Internacional de acceso: libre estacionamiento, en los lugares permitidos, independientemente del vehículo en el que te traslades.
  • Fuente: Mdzol.com